El presente proyecto de ley crea el Sistema de Información Catastral. Para lo anterior dicta disposiciones en cuanto a la regularización y mantenimiento del catastro, la información catastral (la cartografía, el sistema de información de tierras y las bases de datos), la colaboración e intercambio de información (ya sea entre personas naturales o jurídicas, propietarios de predios, etcétera), el acceso a la información catastral, los costos catastrales, entre otros asuntos relacionados con la creación del Sistema.