Política

Número de Cámara: 07/04 No. Senado: 57/03

Por la cual se adiciona al Código Penal medidas en materia de seguridad en la operación de transporte aeréo colectivo. [Transporte aéreo colectivo]

Claudia Blum de Barberi
Cambio Radical
Estado actual: Archivado en Debate Junio 20 de 2005

Sinópsis

Se propone elevar a delito algunos actos indebidos contra la seguridad en la operación del servicio de transporte aéreo colectivo, y se establecen unas prohibiciones administrativas en materia ambiental frente a actividades que representan grave riesgo para la seguridad de la aeronavegación civil. Básicamente se prohíben y sancionan conductas como el uso de elementos electrónicos personales en los vuelos, el hurto o daño de elementos de seguridad y emergencia, la invasión de pistas de aterrizaje y la realización de actividades que generan directa o indirectamente obstáculos en el espacio aéreo aledaño a los aeropuertos.

Agosto 11 de 2003
Radicado
Agosto 19 de 2003
Publicación
Gaceta 410/03
Abril 05 de 2004
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 115/04
Junio 02 de 2004
Aprobado Primer Debate
Gaceta 264/04
Junio 10 de 2004
Publicada Ponencia Segundo Debate
Gaceta 264/04
Junio 17 de 2004
Aprobado Segundo Debate
Gaceta 362/04
Agosto 19 de 2004
Publicada Ponencia Tercer Debate
Gaceta 496/04
Septiembre 28 de 2004
Aprobado Tercer Debate
Gaceta 604/04
Septiembre 29 de 2004
Publicada Ponencia Cuarto Debate
Gaceta 604/04
Junio 20 de 2005
Archivado en Debate