Se propone elevar a delito algunos actos indebidos contra la seguridad en la operación del servicio de transporte aéreo colectivo, y se establecen unas prohibiciones administrativas en materia ambiental frente a actividades que representan grave riesgo para la seguridad de la aeronavegación civil. Básicamente se prohíben y sancionan conductas como el uso de elementos electrónicos personales en los vuelos, el hurto o daño de elementos de seguridad y emergencia, la invasión de pistas de aterrizaje y la realización de actividades que generan directa o indirectamente obstáculos en el espacio aéreo aledaño a los aeropuertos.