Distribución de la compensación monetaria derivada de la explotación de níquel. Las compensaciones monetarias estipuladas en los contratos para la explotación de níquel, se distribuirán así:
● Departamentos productores y municipios limítrofes otros departamentos 45.0%
● Municipios o distritos productores 2.0%
● Municipios o distritos portuarios 1.0%
● Corporación autónoma Regional en cuyo territorio se efectúe la explotación 52.0%