Política

Número de Cámara: 286/05

Por la cual se desafectan algunos terrenos de bajamar ubicados en jurisdicción del municipio de Tumaco, departamento de Nariño y se ordena el traslado a zona continental de los asentamientos humanos existentes en las islas de Tumaco, El Morro y La Viciosa

Gustavo Francisco Petro Urrego
Polo Democrático Alternativo
Estado actual: Retirado por el Autor Febrero 19 de 2005

Sinópsis

pretende involucrar de manera integral y coordinada la responsabilidad de las entidades del Estado, en su diverso nivel territorial, en la solución y prevención del problema planteado. Se ordena así al Gobierno Nacional, en el artículo 7°, declarar a la zona costera del Departamento de Nariño, como de alto riesgo a fenómenos naturales, en especial al denominado Tsunami. De manera complementaria, se ordena en el mismo artículo, adoptar un plan de emergencia que permita evacuar masivamente a la población que habita terrenos de bajamar ubicados en la zona de alto riesgo, para las situaciones de alerta máxima. Cabe en este punto considerar un riesgo adicional, derivado de la circunstancia de que la isla de Tumaco está comunicada con el área continental por una sola vía, a través del puente El Pindo y que agravaría una posible tragedia: Producto del pánico se podría presentar una estampida humana, pues al detectarse con anticipación la formación de la enorme onda viajera en alta mar, cerca de ochenta mil personas estarían tratando de cruzar ese único puente para ponerse a salvo.

Febrero 10 de 2005
Radicado
Febrero 18 de 2005
Publicación
Gaceta 54/05
Febrero 19 de 2005
Retirado por el Autor