Pretende cambiar la distribución de la sobretasa al ACPM consignada en el artículo 117 de la Ley 488 de 1998, reduciendo el porcentaje de recaudo correspondiente a los departamentos y al Distrito Capital del 50 al 25%, circunstancia que afectaría directamente las finanzas de los departamentos al disminuir la participación que hoy les corresponde.