Política

Número de Cámara: 171/04

Por el cual se crea el pago de una compensación asociada a los ingresos de los beneficiarios finales de la energía eólica generada.

William Alfonso Montes Medina
Conservador Colombiano
Alfredo Ape Cuello Baute
Conservador Colombiano

Otros autores del proyecto

Estado actual: Archivado en Debate Agosto 09 de 2005

Sinópsis

Materializa la responsabilidad que todo proyecto industrial y comercial debe tener con la comunidad, mediante la creación de un tributo, en este caso del 6%, a las ventas que realicen los parques eólicos, empresas y concesionarios encargados de explotar este tipo de energía, que se instalen en La Guajira, y al mismo tiempo, promover la participación de la comunidad en los beneficios económicos de tales proyectos. Para el efecto, se exonera del porcentaje antes enunciado a aquellos proyectos que destinen parte de sus utilidades a la inversión en infraestructura para el cubrimiento de las necesidades básicas insatisfechas de la comunidad, de forma tal que exista una retribución a la comunidad que cede sus tierras para el desarrollo del país.

Septiembre 16 de 2004
Radicado
Septiembre 22 de 2004
Publicación
Gaceta 561/04
Noviembre 15 de 2004
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 712/04
Noviembre 17 de 2004
Aprobado Primer Debate
Junio 01 de 2005
Publicada Ponencia Segundo Debate
Gaceta 310/05
Agosto 09 de 2005
Archivado en Debate
Gaceta 599/05