Política

Número de Cámara: 167/04

Por la cual se modifica el artículo 78 de la Ley 715 de 2001, referente al Sistema General de Participaciones para agua potable y saneamiento básico y funcionamiento de los Fondos de Solidaridad y Distribución de Ingresos.

Alonso Rafael Acosta Osio
Conservador Colombiano
Estado actual: Archivado en Debate Junio 08 de 2005

Sinópsis

Preceptúa que los recursos de participación de propósito general de las entidades territoriales destinarán el 41% para el desarrollo y ejecución de las competencias asignadas en agua potable y saneamiento básico, con la finalidad de que esos recursos se destinen a la financiación de inversiones en infraestructura y al cubrimiento de las subvenciones que se otorguen a los estratos subsidiables de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5.3 de la Ley 142 de 1994, es el de contribuir al correcto funcionamiento de los Fondos de Solidaridad y Distribución de Ingresos y a una eficiente distribución de los recursos de participación destinados al sector.

Septiembre 15 de 2004
Radicado
Septiembre 17 de 2004
Publicación
Gaceta 552/04
Diciembre 21 de 2004
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 834/04
Junio 08 de 2005
Archivado en Debate