Política

Número de Cámara: 273/04

Por la cual se modifica el parágrafo del artículo 12 de la Ley 793 de 2002.

John Jairo Velásquez Cárdenas
Convergencia Ciudadana
Estado actual: Archivado en Debate Mayo 31 de 2005

Sinópsis

Pretende hacer unos cambios en lo que tiene que ver con el tema de qué instituciones deben recibir bienes que han sido objeto de extinción de dominio. Es claro que la ley pretende orientar hacia el beneficio social los bienes incautados, de tal forma que sea la población más vulnerable la que reciba los beneficios de esta disposición.

Diciembre 14 de 2004
Radicado
Diciembre 17 de 2004
Publicación
Gaceta 831/04
Mayo 12 de 2005
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 247/05
Mayo 31 de 2005
Archivado en Debate