Política

Número de Cámara: 93/04 No. Senado: 193/05

Por el cual se modifica el artículo 18 de la Ley 677 de 2001. (zona de régimen aduanero especial de Maicao, Uribia y Manaure)

Otros autores del proyecto

Estado actual: Sancionado como Ley Agosto 17 de 2006

Sinópsis

Las importaciones de mercancías a la zona de Régimen Aduanero Especial de Maicao, Uribia y Manaure, salvo lo dispuesto en el parágrafo 2 de este artículo, estarán sujetas únicamente al pago de un Impuesto de ingreso de mercancía, el cual será percibido, administrado y controlado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. El valor de los recaudos nacionales será cedido por la Nación al Departamento de La Guajira, el cual será destinado exclusivamente a inversión social dentro de su territorio.

Julio 30 de 2004
Radicado
Agosto 04 de 2004
Publicación
Gaceta 400/04
Octubre 12 de 2004
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 614/04
Noviembre 03 de 2004
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 15/05
Diciembre 17 de 2004
Publicada Ponencia Segundo Debate
Gaceta 830/04
Noviembre 29 de 2005
Aprobado Segundo Debate
Gaceta 879/05 936/05
Abril 28 de 2006
Publicada Ponencia Tercer Debate
Gaceta 90/06
Mayo 16 de 2006
Aprobado Tercer Debate
Gaceta 149/06
Mayo 31 de 2006
Publicada Ponencia Cuarto Debate
Gaceta 149/06
Junio 06 de 2006
Aprobado Cuarto Debate
Gaceta 184/06 225/06
Agosto 17 de 2006
Sancionado como Ley