Con motivo de la efemérides de que trata el artículo anterior, la Nación concurrirá con el municipio de Barranquilla en la ejecución de las siguientes obras:
a) Erección de un monumento que interprete la denominación que se le ha dado a la ciudad de Barranquilla, al calificarla como "Puerta de Oro de Colombia". Este monumento será instalado en el lugar que señale la Alcaldía Distrital, previa consulta con la Academia de Historia respectiva;
b) Construcción de una plazoleta adecuada para que en el centro de ella sea instalado el monumento al que se refiere el literal precedente.