La presente ley tiene como objeto desarrollar el derecho a la salud de los pueblos indígenas, de tal manera que se garantice su salud integral, el acceso a los servicios, la adecuación sociocultural, el reconocimiento de la medicina tradicional y el fortalecimiento de las formas de organización, administración y gestión en salud de los pueblos indígenas, así como de sus órganos de control y vigilancia, acorde con sus propias formas y procedimientos