El proyecto busca que en el servicio público de transporte colectivo de pasajeros, metropolitano, distrital y municipal y en el servicio público de transporte colectivo de pasajeros por carretera, se establezca una tarifa diferencial para el transporte de estudiantes, niños menores de cinco (5) años de edad, personas adultas mayores con cincuenta y cinco (55) años de edad si es mujer o sesenta (60) años si es hombre, y personas en situación de discapacidad física, psíquica o sensorial, la cual podrá ser del treinta por ciento (30%) al cincuenta por ciento (50%) menos del valor de la tarifa establecida a los demás usuarios de acuerdo con el estudio de costos y demanda que realice cada municipio para la fijación de las tarifas.