Política

Número de Cámara: 85/02

Por el cual se adiciona el artículo 339 de la Constitución Política. (Pueblos indígenas y grupos étnicos).

Hugo Ernesto Zárrate Osorio
Polo Democrático Alternativo
Venus Albeiro Silva Gómez
Polo Democrático Alternativo
Jorge Enrique Robledo Castillo
Polo Democrático Alternativo
Gustavo Francisco Petro Urrego
Polo Democrático Alternativo
Carlos Germán Navas Talero
Polo Democrático Alternativo
Samuel Moreno Rojas
Alianza Nacional Popular - Anapo
Gerardo Antonio Jumi Tapias
Polo Democrático Alternativo
Jaime Dussán Calderón
Polo Democrático Alternativo
Wilson Alfonso Borja Díaz
Polo Democrático Alternativo
Lorenzo Almendra Velasco
Autoridades Indígenas de Colombia AICO

Otros autores del proyecto

Estado actual: Archivado por Vencimiento de Términos Diciembre 16 de 2002

Sinópsis

Los Pueblos Indígenas y grupos étnicos, podrán elaborar y adoptar dentro de su ámbito territorial, previa concertación comunitaria interna, planes de desarrollo o de vida o modelos de economía, acordes con sus usos, costumbres y valores culturales propios, siempre que no sean contrarios a la Constitución y leyes de la República y que estén orientados preferencialmente a su reconstrucción económica, social, cultural y ambiental

Septiembre 24 de 2002
Radicado
Septiembre 27 de 2002
Publicación
Gaceta 402/02
Octubre 21 de 2002
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 440/02
Diciembre 16 de 2002
Archivado por Vencimiento de Términos