Política

Número de Cámara: 248/04 No. Senado: 88/04

Por la cual se aprueba el Estatuto Migratorio Permanente, entre Colombia y Ecuador, firmado en Bogotá el veinticuatro (24) de agosto de dos mil (2000)

Ministro de la Protección Social, Diego Palacio Betancourt Ministro de la Protección Social, Diego Palacio Betancourt
Ministra de Relaciones Exteriores, Carolina Barco Isackson Ministra de Relaciones Exteriores, Carolina Barco Isackson

Otros autores del proyecto

Estado actual: Sancionado como Ley Julio 13 de 2005

Sinópsis

Establece que los ciudadanos colombianos y ecuatorianos que deseen desarrollar actividades con fines lícitos podrán ingresar sin visa al otro país hasta por un término de 180 días en un año, para lo cual deben portar su documento de identidad. Se establece de igual manera que en caso de querer continuar ejerciendo las actividad es descritas por un período mayor a 180 días en un mismo año calendario, se deberá solicitar visa ante las autoridades de dicho país de acuerdo con la legislación existente. Respecto a los nacionales de los dos países que deseen realizar trabajos temporales en el sector ganadero, agrícola, de petróleos, construcción o similares dentro de la zona de integración fronteriza, podrán hacerlo hasta por un período de 90 días, prorrogables por un período igual y por una sola vez en un año calendario, cumpliendo lo establecido en la materia por cada país. Igual se establece que los estudiantes de alguno de los dos países que deseen adelantar estudios en el otro país por un período superior a 180 días, deberán solicitar visa ante el respectivo país cumpliendo la legislación existente.

Agosto 23 de 2004
Radicado
Agosto 26 de 2004
Publicación
Gaceta 471/04
Septiembre 21 de 2004
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 559/04
Octubre 13 de 2004
Aprobado Primer Debate
Noviembre 03 de 2004
Publicada Ponencia Segundo Debate
Gaceta 701/04
Noviembre 23 de 2004
Aprobado Segundo Debate
Gaceta 844/04
Febrero 18 de 2005
Publicada Ponencia Tercer Debate
Gaceta 54/05
Abril 27 de 2005
Aprobado Tercer Debate
Mayo 18 de 2005
Publicada Ponencia Cuarto Debate
Gaceta 276/05
Junio 07 de 2005
Aprobado Cuarto Debate
Gaceta 506/05
Julio 13 de 2005
Sancionado como Ley