De conformidad a lo dispuesto en la presente ley, el Gobierno Nacional prestará especial atención a la formulación y desarrollo de políticas y programas para la protección de las personas desempleadas o de quienes, pudiendo trabajar, se vean afectados por el impacto de políticas económicas, socio-laborales y procesos de cambio sobre el mercado laboral que se generen por modernización, flexibilización, crisis económica, reestructuración, recalificación, reconversión laboral, medidas de empleabilidad, y regulatorias de la jornada de trabajo.