La presente ley tiene por objeto:
a) Dar cumplimiento al mandato Constitucional de 1991, especialmente a lo establecido en sus artículos 13 y 46;
b) Defender los derechos de la persona de la tercera edad;
c) Fomentar la participación de las personas de la tercera edad en los movimientos asociativos;
d) Favorecer el máximo desarrollo personal, bienestar y calidad de vida de las personas de la tercera edad, prestando especial atención a las personas de más de 65 años en razón de la necesidad de una mayor protección;
e) Promocionar la cultura gerontológica en cada hogar, desde el grado cero de escolaridad y la promoción de la función social de las personas de la tercera edad en la sociedad colombiana;
f) Promover la permanencia de las personas de la tercera edad en el contexto sociofamiliar en el que han desarrollado su vida;
g) Sensibilizar a los colombianos respecto de la situación a ctual de la persona de la tercera edad y de acuerdo a las exigencias que plantea la evolución demográfica y el progresivo envejecimiento de la población;
h) Promover la solidaridad y el entendimiento entre generaciones;
i) Fijar las condiciones básicas de funcionamiento a que deben someterse los diversos centros, estancias, clínicas o residencias para mayores en Colombia;
j) Establecer un sistema de estímulos para la solidaridad con las personas de la tercera edad;
k) Garantizar la protección jurídica de las personas de la tercera edad, en especial los que padecen circunstancias desfavorables en lo económico, físico y mental;
l) Establecer un sistema de infracciones y sanciones ante la vulneración de los derechos de la persona de la tercera edad;
m) Generar las apropiaciones necesarias para el cumplimiento de los objetivos de la presente ley.