Entre el Estado colombiano y los grupos armados ilegales se hace un Acuerdo Humanitario o Especial por única vez, que permite la liberación de todos los secuestrados por parte de los grupos alzados en armas, y de los insurgentes presos por delitos diferentes a los proscritos por el Derecho Internacional Humanitario. La liberación de rehenes, prisioneros, secuestrados e insurgentes se hace acudiendo a los Acuerdo Especiales a los que se refiere el artículo 3° común a los convenios de Ginebra sobre los conflictos domésticos e internacionales. Este Acuerdo Humanitario o Especial se realiza con la garantía expresa por parte de la insurgencia de que no secuestrará más colombianos ni extranjeros residentes en el país, y de que no atentará más contra la infraestructura del país. Los insurgentes beneficiados con este Acuerdo, serán trasladados a un país amigo, en donde recibirán garantía de seguridad y posibilidades de trabajo, para evitar que sean víctimas de retaliaciones o vuelvan a delinquir.