Política

Número de Cámara: 86/02 No. Senado: 143/02

Por la cual se modifican la Ley 333 de 1996 y con ella el régimen aplicable a la extinción de dominio sobre bienes de ilegítima procedencia.

Luis Fernando Londoño Capurro
Liberal Colombiano
Estado actual: Sancionado como Ley Diciembre 27 de 2002

Sinópsis

e declarará extinguido el dominio mediante sentencia judicial, cuando ocurriere cualquiera de los siguientes casos:
1. Cuando exista incremento patrimonial injustificado, en cualquier tiempo, sin que se explique el origen lícito del mismo.
2. El bien o los bienes de que se trate provengan directa o indirectamente de una actividad ilícita.
3. Los bienes de que se trate hayan sido utilizados como medio o instrumento para la comisión de actividades ilícitas, sean destinadas a éstas, o correspondan al objeto del delito.
4. Los bienes o recursos de que se trate provengan de la enajenación o permuta de otros que tengan su origen, directa o indirectamente, en actividades ilícitas, o que hayan sido destinados a actividades ilícitas o sean producto, efecto, instrumento u objeto del ilícito.
5. Los bienes o recursos de que se trate hubieren sido afectados dentro de un proceso penal y que el origen de tales bienes, su utilización o destinación ilícita no hayan sido objeto de investigación o habiéndolo sido, no se hubiese tomado sobre ellos una decisión definitiva por cualquier causa.
6. Los derechos de que se trate recaigan sobre bienes de procedencia lícita, pero que hayan sido utilizados o destinados a ocultar o mezclar bienes de ilícita procedencia.
Se exceptúan de lo dispue sto en el presente numeral, exclusivamente, los casos de títulos que se negocian en centrales de depósito de valores, debidamente acreditadas ante la autoridad competente, siempre y cuando los intermediarios que actúen en ellas, cumplan con las obligaciones de informar operaciones sospechosas en materia de lavado de activos, de conformidad con las normas vigentes.
7. Cuando en cualquier circunstancia no se justifique el origen ilícito del bien perseguido en el proceso.

Septiembre 25 de 2002
Radicado
Septiembre 27 de 2002
Publicación
Gaceta 402/02
Diciembre 09 de 2002
Publicada ponencia primer y tercer debate
Gaceta 575/02
Diciembre 10 de 2002
Aprobado Primer Debate
Diciembre 18 de 2002
Publicada Ponencia Segundo Debate
Gaceta 614/02
Diciembre 19 de 2002
Publicada Ponencia Cuarto Debate
Gaceta 620/02
Diciembre 19 de 2002
Aprobado Cuarto Debate
Gaceta 161/03
Diciembre 20 de 2002
Aprobado Segundo Debate
Gaceta 18-43/03
Diciembre 20 de 2002
Aprobada Conciliación
Gaceta 43/03
Diciembre 27 de 2002
Sancionado como Ley
Gaceta 27/03