Política

Número de Cámara: 59/02

Por medio de la cual se crean las colegiaturas de abogados litigantes y se reglamenta su funcionamiento.

Armando Alberto Benedetti Villaneda
Partido Social de Unidad Nacional - Partido de la U
Estado actual: Archivado por Tránsito de Legislatura Junio 20 de 2003

Sinópsis

Las Colegiaturas de Abogados Litigantes tendrán como objetivo llevar el registro jurídico único y de acreditación de los Abogados titulados que ejerzan exclusivamente la profesión litigiosa en los despachos judiciales y entidades de la administración pública. El Registro Jurídico Único tendrá por objeto llevar la inscripción de los Abogados Litigantes con dedicación exclusiva al litigio profesional. Será público y de obligatorio cumplimiento para ejercer la profesión, el cual deberá ser renovado anualmente.

Septiembre 06 de 2002
Radicado
Septiembre 11 de 2002
Publicación
Gaceta 376/02
Octubre 22 de 2002
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 469/02
Junio 20 de 2003
Archivado por Tránsito de Legislatura