Toda carretera que sea construida a través de contrato de concesión y la recuperación de la inversión se haga por medio del cobro de peajes, no podrá generar consecutivamente el cobro de impuesto de valorización a los contribuyentes. Las nuevas carreteras construidas ya sean por medio de concesión o por obra estatal, no podrán instalar peajes dentro de una longitud de cobertura mínima de 50 kms. El ingreso a los cascos urbanos de municipios y distritos no podrá ser objeto de cobro de peajes, ni de ningún otro tipo de contribución.