La presente ley establece el seguro obligatorio de desempleo con solidaridad, desarrolla los fundamentos que lo rigen, determina su dirección, organización y funcionamiento, sus normas administrativas, financieras y de control y las obligaciones que se derivan de su aplicación.
El seguro obligatorio de desempleo se enmarca dentro de los principios que rigen el Estado social de derecho y tiene como objetivo prevenir la contingencia de la pérdida del empleo como medida de protección de los trabajadores del país y de sus familias, así como la promoción y reubicación laboral de las personas desempleadas que están en edad y capacidad de trabajar.