Política

No. Senado: 125/09

Por medio de la cual se reglamenta el desarrollo de la vivienda de interés social urbana y se dictan otras disposiciones.

Oscar Josué Reyes Cárdenas
Conservador Colombiano
Estado actual: Archivado por Tránsito de Legislatura Junio 15 de 2010

Sinópsis

Las Gobernaciones Departamentales, Alcaldías Municipales y los Distritos Especiales, operarán de manera autónoma con respecto a sus beneficiarios y serán los responsables del montaje y operación de los procesos de postulación, calificación, asignación y pago de los subsidios para compra de vivienda social urbana. Así mismo, serán responsables de suministrar la información relativa a sus postulantes al Sistema de Información de Subsidios.

Septiembre 01 de 2009
Radicado
Septiembre 02 de 2009
Publicación
Gaceta 838/09
Mayo 21 de 2010
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 238/10
Junio 15 de 2010
Archivado por Tránsito de Legislatura