Tiene por objeto proteger y otorgar beneficios a los servidores públicos y a cualquier ciudadano, que denuncie en forma sustentada la realización de actos de corrupción administrativa que ocurran en las entidades públicas, sea del orden nacional o territorial, particulares que ejerzan funciones públicas en forma permanente o transitoria, que presten servicios públicos a cargo del Estado de los contemplados en el artículo 366 de la Constitución Política o administren recursos de este y a quienes administren fondos o bienes de la Nación y que puedan ser investigados y sancionados disciplinariamente.