Este proyecto de acto legislativo pretende hacer extensiva la moción de censura a los Jefes de Departamento Administrativo, Presidentes, Gerentes o Directores de Instituciones del orden nacional. (actualmente se establece solo para los ministros): incluir la desatención a los requerimientos y citaciones del Congreso de la República por parte de los funcionarios mencionados, como una circunstancia válida para proponer la moción de censura (actualmente el numeral 8 del artículo 135 de la Constitución Nacional solo prev é esta figura para los Ministros de Despacho); cambiar el requisito para la aprobación de la moción de censura, siendo necesario solamente los votos de la mayoría absoluta de los integrantes de la Cámara proponente (actualmente la moción de censura se aprueba con el voto de la mayoría absoluta de los integrantes de cada Cámara); consagrar una inhabilidad de cinco (5) años para ejercer funciones públicas a los funcionarios que resulten separados de su cargo, (actualmente no existe inhabilidad alguna por esta razón); facultar a las Asambleas Departamentales y a los Concejos Distritales y Municipales a proponer la moción de censura (actualmente las Asambleas y los Concejos no tienen esta facultad).