Política

Número de Cámara: 57/09 No. Senado: 177/10

Por medio del cual se estandariza el cobro de servicios públicos domiciliarios a los establecimientos educativos oficiales. [Cobro de servicios públicos domiciliarios]

Buenaventura León León
Conservador Colombiano
Estado actual: Archivado por Tránsito de Legislatura Junio 20 de 2011

Sinópsis

Las empresas de servicios públicos domiciliarios, para efecto del cobro de los servicios públicos que trata la presente ley, aplicarán a los establecimientos educativos de carácter oficial la misma tarifa establecida para los usuarios del estrato uno (1).

Julio 23 de 2009
Radicado
Julio 30 de 2009
Publicación
Gaceta 652/09
Junio 08 de 2010
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 356/10
Junio 16 de 2010
Aprobado Primer Debate
Gaceta 434/10 678/10
Septiembre 20 de 2010
Publicada Ponencia Segundo Debate
Gaceta 678/10
Octubre 13 de 2010
Aprobado Segundo Debate
Gaceta 801/10 849/10
Junio 20 de 2011
Archivado por Tránsito de Legislatura