Política

Número de Cámara: 52/09

Por medio de la cual se hace una adición al Código Penal (Ley 599 de 2000), se crea el tipo penal "denegación de salud" y se dictan otras disposiciones.

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Estado actual: Retirado por el Autor Noviembre 24 de 2009

Sinópsis

El que teniendo la responsabilidad en la toma de la decisión de la prestación del servicio público esencial de salud de conformidad con los estatutos o manuales de funciones en una entidad pública, mixta o privada encargada de este servicio, omita, impida, dilate, retarde, o niegue su prestación a una persona cuya vida se encuentre en estado de evidente e inminente peligro, incurrirá en prisión de cuatro (4) a seis (6) años.

Julio 22 de 2009
Radicado
Julio 24 de 2009
Publicación
Gaceta 621/09
Agosto 26 de 2009
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 783/09
Noviembre 24 de 2009
Retirado por el Autor