Se pretende evitar que las entidades territoriales entreguen a título de concesión o a cualquier otro título el recaudo y gestión de sus diferentes tributos a terceros. La práctica citada otorga a terceros facultades tales como la organización, determinación, discusión, cobro y recaudo de los impuestos territoriales, adicional a esto, le conceden la información correspondiente a la administración tributaria y a los sujetos pasivos de las obligaciones.