Política

Número de Cámara: 140/08

Por medio del cual se reforman unos artículos de la Constitución Política de Colombia. (elección organismos de control).

Jorge Anibal Visbal Martelo
Partido Social de Unidad Nacional - Partido de la U
Alirio Villamizar Afanador
Conservador Colombiano
Dilian Francisca Toro Torres
Partido Social de Unidad Nacional - Partido de la U
Luis Emilio Sierra Grajales
Conservador Colombiano
Constantino Rodríguez Calvo
Conservador Colombiano
Guillermo Abel Rivera Flórez
Liberal Colombiano
Myriam Alicia Paredes Aguirre
Conservador Colombiano
Tarquino Pacheco Camargo
Cambio Radical
Diego Alberto Naranjo Escobar
Conservador Colombiano
Pedro Antonio Jiménez Salazar
Conservador Colombiano
Fernando de la Peña Márquez
Opción Ciudadana
Óscar Fernando Bravo Realpe
Conservador Colombiano
Oscar Alberto Arboleda Palacio
Conservador Colombiano
Carlos Eduardo Enríquez Maya
Conservador Colombiano
Alonso Rafael Acosta Osio
Conservador Colombiano
Carlos Ramiro Chávarro Cuéllar
Conservador Colombiano
Conservador Colombiano Conservador Colombiano
Convergencia Ciudadana Convergencia Ciudadana
Alas Equipo Colombia Alas Equipo Colombia
Movimiento Nacional Movimiento Nacional
Liberal Colombiano Liberal Colombiano

Otros autores del proyecto

Estado actual: Acumulado Septiembre 20 de 2008

Sinópsis

El proyecto pretende reformar las reglas de elección organismos de control. Se aspira a que en un sistema presidencial tan fuerte como el que existe en Colombia, el Congreso, en su condición de representante del pueblo, esté en condiciones de ejercer un control político eficiente tanto respecto de la administración pública como de los organismos de control.

El proyecto propone relevar al Presidente de la República y a los Magistrados de las Altas Cortes, de Tribunales Superiores de Distrito Judicial y Contencioso Administrativo, de intervenir en la elaboración de ternas con destino a las corporaciones de elección popular que deben elegir a los señores Contralor General de la República, el Procurador General de la Nación, el Defensor del Pueblo, los Contralores Departamentales, los Contralores Municipales y Distritales y los Personeros. También se pretende crear un procedimiento de evaluación de la gestión que desempeñan los funcionarios públicos ya nombrados, a los efectos de analizarla frente a las normas constitucionales y legales que regulan su competencia y los objetivos a que aspira cada institución. Así, el Congreso, las Asambleas y los Concejos no se limitarán a elegirlos sino que deberán estar pendientes de su desarrollo, por virtud del control del poder político que les es inherente como organismos de representación popular.

Septiembre 12 de 2008
Radicado
Septiembre 19 de 2008
Publicación
Gaceta 644/08
Septiembre 20 de 2008
Acumulado