Prohibir a las Entidades Territoriales la delegación de sus competencias relativas a la gestión de sus diferentes tributos a terceros y gestión tributaria de los entes territoriales sea entregado a particulares a través de la celebración de contratos de concesión o cualquier otra modalidad contractual, toda vez que se trata de función administrativa indelegable por lo que debe ser asumida directamente por los funcionarios públicos que hacen parte de las entidades territoriales.