Política

Número de Cámara: 237/08 No. Senado: 226/09

Por la cual se regula el recaudo de las propinas en los establecimientos de comercio y se dictan otras disposiciones.

Luis Felipe Barrios Barrios
Partido Social de Unidad Nacional - Partido de la U
Claudia Yadira Inés Rodríguez de Castellanos
Partido Social de Unidad Nacional - Partido de la U

Otros autores del proyecto

Estado actual: Archivado en Debate Junio 09 de 2010

Sinópsis

El objeto de la presente ley es regular las condiciones para el recaudo de los dineros reconocidos voluntariamente como propina en los establecimientos públicos. Los establecimientos que presten servicios, a partir de la vigencia de la presente ley, deberán informar al público el porcentaje limite para el reconocimiento voluntario de la propina. El valor de la propina no será incluida en la factura de venta.

La propina no podrán ser recaudada por el establecimiento de comercio, esta se entregará exclusivamente a la persona que realiza la actividad o presta el servicio, sin que el establecimiento al cual se encuentra vinculado, pueda hacer uso de la misma. Los destinatarios de las propinas tienen derecho a que el establecimiento les permita recibirlas, sin objeciones. La Superintendencia de Industria y Comercio, en defensa del consumidor, diseñara campañas preventivas para evitar el abuso, incumplimiento, o, desconocimiento de la ley, e, investigará a los establecimientos de comercio que incumplan con la presente regulación.

Diciembre 16 de 2008
Radicado
Diciembre 26 de 2008
Publicación
Gaceta 963/08
Mayo 05 de 2009
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 336/09
Junio 09 de 2009
Aprobado Primer Debate
Gaceta 539/09 1129/10
Agosto 25 de 2009
Publicada Ponencia Segundo Debate
Gaceta 814/09
Diciembre 16 de 2009
Aprobado Segundo Debate
Gaceta 02/10
Junio 08 de 2010
Publicada Ponencia Tercer Debate
Gaceta 304/10
Junio 09 de 2010
Archivado en Debate