Política

Número de Cámara: 212/08 No. Senado: 331/09

Por el cual se regula la cesión del IVA de licores a cargo de las licoreras departamentales en lo correspondiente al descuento del impuesto para los productores oficiales.

Óscar Mauricio Lizcano Arango
Partido Social de Unidad Nacional - Partido de la U
Estado actual: Declarado Inexequible Total Noviembre 19 de 2011

Sinópsis

Manténgase la cesión del IVA de licores a cargo de las licoreras departamentales de que tratan los artículos 133 y 134 del Decreto Extraordinario 1222 de 1986.

El impuesto liquidado en ningún caso podrá ser afectado con impuestos descontables, salvo el correspondiente a los productores oficiales, que podrán descontar del componente del IVA de este impuesto, el IVA pagado en la producción de los bienes gravados, entendidos estos como licores cuya producción está monopolizada y es producida directamente por las empresas departamentales a las que se refiere el inciso 1°.

Este proyecto, busca proteger los fines del Estado Social de Derecho, estableciendo un beneficio tributario a los entes territoriales para que pueda asegurar los recursos suficientes para atender la salud y educación de sus habitantes. Aunque parte de la amplia libertad de configuración del legislador en la materia respeta las condiciones básicas de los monopolios como arbitrios rentísticos y pretende sacar la mayor ventaja de la figura en términos de cumplimiento de los fines del Estado Social de Derecho. Por eso se trata de una norma de gran importancia para asegurar la salud y la educación de los habitantes de Colombia a través de una adecuada recaudación de rentas en los departamentos.

No solo porque constitucionalmente el descuento del IVA ha sido ampliamente debatido y ratificado, sino también porque las industrias licoreras departamentales son las principales aportantes a las rentas de los entes territoriales, proporcionalmente a las ventas.

Noviembre 26 de 2008
Radicado
Noviembre 28 de 2008
Publicación
Gaceta 870/08
Marzo 19 de 2009
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 141/09
Abril 22 de 2009
Aprobado Primer Debate
Gaceta 261/09 302/10
Abril 29 de 2009
Publicada Ponencia Segundo Debate
Gaceta 300/09
Mayo 26 de 2009
Aprobado Segundo Debate
Gaceta 417/09 616/09
Agosto 18 de 2009
Publicada Ponencia Tercer Debate
Gaceta 772/09
Noviembre 04 de 2009
Aprobado Tercer Debate
Gaceta 1183/09 1230/09
Noviembre 19 de 2009
Publicada Ponencia Cuarto Debate
Gaceta 1183/09
Diciembre 15 de 2009
Aprobado Cuarto Debate
Gaceta 1299/09 27/10
Diciembre 15 de 2009
En Conciliación
Gaceta 1299/09 1311/09
Diciembre 16 de 2009
Aprobada Conciliación
Gaceta 47/10
Diciembre 17 de 2009
Aprobada Conciliación
Gaceta 45/10
Febrero 08 de 2010
Sancionado como Ley
Gaceta 30/10
Noviembre 19 de 2011
Declarado Inexequible Total