La presente ley tiene por objeto establecer algunas modificaciones al Capítulo VIII del Decreto 1355 de 1970, en cuanto a lineamientos de comportamiento en lugares públicos o en aquellos espacios que se puedan considerar entornos de formación; Las personas que hacen parte del LGTB y mujeres que ejercen la prostitución en el territorio colombiano, tendrán que acogerse normas mínimas de comportamiento en público estipuladas por el proyecto, con el fin de garantizar los derechos que tienen otras personas dentro del marco de la vida en sociedad. Por esta razón, dichos lineamientos deben ser respetados por aquellas personas que asumen conductas diferentes para los demás, por necesidad o por libre voluntad.