Política

Número de Cámara: 145/08

Por la cual se toman acciones frente a las Entidades Promotoras de Salud y a las administradoras del régimen subsidiado que nieguen un beneficio incluido dentro de los planes de los afiliados al régimen contributivo, subsidiado o vinculados, habiendo cumplido el solicitante con las semanas mínimas de cotización exigidas para el efecto.

Jorge Eduardo Casabianca Prada
Liberal Colombiano
Liliana Barón Caballero
Liberal Colombiano

Otros autores del proyecto

Estado actual: Retirado por el Autor Junio 20 de 2009

Sinópsis

El presente proyecto de ley busca sancionar a la entidad promotora de salud y a la administradora del régimen subsidiado que niegue un examen de diagnóstico, cirugía, tratamiento, medicamento, procedimiento, prótesis, órtesis o aparato ortopédico u otro servicio a pesar de encontrarse incluido dentro de los planes de beneficios de los afiliados al régimen contributivo, subsidiado o vinculados, cuando el beneficiario cumpla las semanas mínimas de cotización exigidas para el efecto. Así mismo, el proyecto busca descongestionar la jurisdicción constitucional, evitando que se interpongan tutelas, donde el derecho del accionante no se discute, por encontrarse ya reconocido por la ley.

Septiembre 17 de 2008
Radicado
Septiembre 18 de 2008
Publicación
Gaceta 644/08
Diciembre 04 de 2008
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 896/08
Junio 20 de 2009
Retirado por el Autor