Política

Número de Cámara: 386/09 No. Senado: 145/08

Por la cual se establecen medidas para garantizar la seguridad de los niños, niñas y adolescentes en algunos lugares del territorio nacional y se dictan otras disposiciones.

Estado actual: Archivado en Debate Junio 09 de 2010

Sinópsis

Con el fin de garantizar la seguridad de los menores de edad en el territorio nacional, fortalecer el crecimiento sano, mejorar el entorno y el esparcimiento de la recreación en los menores de edad y fortalecer los lazos familiares, se prohíbe la circulación, locomoción y tránsito de los menores de edad en el territorio nacional después de las 11:00 p. m. y hasta las 5:00 a. m. sin la compañía de sus padres o adultos responsables, para este último evento los menores de edad deberán contar con permiso escrito de sus padres ó de quien ejerza la patria potestad. Para los efectos de la presente ley, entiéndase como menor de edad aquel que no supere los 16 años.

Septiembre 02 de 2008
Radicado
Septiembre 03 de 2008
Publicación
Gaceta 574/08
Diciembre 05 de 2008
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 907/08
Junio 10 de 2009
Aprobado Primer Debate
Gaceta 489/09 660/09
Junio 11 de 2009
Publicada Ponencia Segundo Debate
Gaceta 489/09
Junio 19 de 2009
Aprobado Segundo Debate
Gaceta 592/09 774/09
Octubre 27 de 2009
Publicada Ponencia Tercer Debate
Gaceta 1128/09
Junio 09 de 2010
Archivado en Debate