Política

No. Senado: 144/08

Por la cual se crea y reglamenta el funcionamiento del Fondo de Ahorro de Regalías y se dictan otras disposiciones.

Ministro de Hacienda y Crédito Público, Oscar Iván Zuluaga Ministro de Hacienda y Crédito Público, Oscar Iván Zuluaga
Estado actual: Archivado por Tránsito de Legislatura Junio 23 de 2009

Sinópsis

Los artículos 1º, 2º, 7º y 8º, se refieren a la creación del Fondo de Ahorro de Regalías, como un sistema de manejo de cuentas, sin personería jurídica y administrado por el Banco de la República, previa celebración de un contrato con los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Minas y Energía. La administración contará con la intervención de un Consejo de Inversiones conformado por el Ministro de Hacienda y Crédito Público, el Director General del Departamento Nacional de Planeación y sendos representantes de los gobernadores de los departamentos y de los alcaldes de los municipios participantes. El Gerente General del Banco de la República también formará parte de ese Consejo con voz pero sin voto. Para determinados efectos de la administración del Fondo, concretamente el señalamiento de la política de inversiones de sus recursos, el Ministro de Hacienda y Crédito Público tendrá voto privilegiado.

Septiembre 02 de 2008
Radicado
Septiembre 03 de 2008
Publicación
Gaceta 574/08
Noviembre 28 de 2008
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 941/08
Junio 23 de 2009
Archivado por Tránsito de Legislatura