El proyecto pretende profesionalizar la administración distrital y municipal al exigir que, en el momento de su posesión, los alcaldes electos acrediten además de ser ciudadanos en ejercicio, nacidos o residentes en el respectivo municipio o de la correspondiente área metropolitana durante el término establecido en el artículo 86 de la Ley 136 de 1994, su título profesional en cualquier área del conocimiento, cuyo programa haya sido aprobado por el Ministerio de Educación Nacional, o reconocido mediante homologación o haber cursado un programa de Tecnología en Administración Municipal o Administración Pública en la Escuela Superior de Administración Pública o en institución reconocida por el Ministerio de Educación.