Política

Número de Cámara: 71/08

Por medio de la cual se hace una adición al Código Penal (Ley 599 de 2000), se crea el tipo penal "denegación de salud" y se dictan otras disposiciones.

Guillermo Antonio Santos Marín
Liberal Colombiano
Estado actual: Archivado por Tránsito de Legislatura Junio 20 de 2009

Sinópsis

La presente iniciativa surge de la necesidad social, de prevenir y penalizar la indiferencia, la desidia y el desprecio por la salud, por parte de algunos empleados de entidades prestadoras de servicios en salud, que actuando premeditadamente y sin tener como prioridad el respeto que debe merecer La Vida de las personas que requieren su atención y que en razón de sus actuaciones negligentes u omisivas, patrocinan tal como lo señalan los autores de la iniciativa el famoso paseo de la muerte, que tantas vidas ha cobrado y puede llegar a cobrar en el futuro, si esta conducta criminosa, no es reprochada penalmente y se persiste en seguir siendo indiferentes ante esta problemática que por su naturaleza es en sí una amenaza social.

Este proyecto de ley busca adicionar el Código Penal con un nuevo Capítulo dentro del título de los delitos contra la vida y la integridad personal, es decir, crea dos nuevos tipos penales para tipificar como delitos la conducta consistente en denegar los servicios de salud para quien los requiera de manera inmediata por estar amenazada o en peligro inminente su salud o su vida. El que teniendo la responsabilidad en la toma de la decisión de la prestación del servicio público esencial de salud de conformidad con los estatutos o manuales de funciones en una entidad pública, mixta o privada encargada de este servicio, omita, impida, dilate, retarde, o niegue su prestación a una persona cuya vida se encuentre en estado de evidente e inminente peligro, incurrirá en prisión.

Agosto 06 de 2008
Radicado
Agosto 08 de 2008
Publicación
Gaceta 510/08
Septiembre 18 de 2008
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 643/08
Junio 20 de 2009
Archivado por Tránsito de Legislatura