Decreta amnistía tributaria a favor de las Juntas de Acción Comunal, Juntas de Vivienda Comunitaria, Asociaciones Locales o Municipales, Federaciones, Confederaciones y Organizaciones de la misma naturaleza, regidas por la Ley 743 de 2002 y demás normas pertinentes y complementarias, que no hayan establecido relación contractual alguna con el Estado, durante el período comprendido entre el 29 de julio de 2006 al 27 de diciembre de 2006, y no hayan presentado declaración de retención en la fuente por este mismo periodo, por concepto de multas e intereses