La reforma pretendida amplía la gama de sociedades por acciones que pueden acudir a este mecanismo sin necesidad de intervención estatal, respetando el postulado constitucional de la buena fe en las actuaciones de los particulares.La reducción de trámites y requisitos en todas las esferas judiciales y administrativas, lo mismo que la minimización de regulaciones y procedimientos, nos han demostrado que garantizan la eficiencia y la eficacia en las actuaciones de los particulares y de los servidores públicos