Política

Número de Cámara: 227/08 No. Senado: 24/08

Por la cual se modifica el artículo 315 del Código Civil relativo a la emancipación judicial.

Otros autores del proyecto

Estado actual: Archivado por Tránsito de Legislatura Junio 09 de 2010

Sinópsis

El presente proyecto de ley tiene por objeto brindar mecanismos adicionales de protección a los niños y niñas que son víctimas de abuso sexual por parte de sus progenitores o con la aceptación o complicidad de estos.

La emancipación judicial se efectuará, por decreto del juez, cuando el padre o la madre que ejerza la patria potestad incurran en actos que pongan en riesgo la integridad del menor o violen sus derechos. Este mecanismo permite a los menores, sustraerse de la patria potestad cuando medien causales predeterminadas en la ley. De manera general estas causales tienden a evitar el mal uso de la potestad parental (patria potestad), por parte del padre o la madre, que puedan traducirse en agresiones o daños a los hijos o hijas, en circunstancias, que la ley considera suficientes para la pérdida de los derechos de los progenitores

Julio 20 de 2008
Radicado
Julio 29 de 2008
Publicación
Gaceta 465/08
Agosto 12 de 2008
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 538/08
Septiembre 09 de 2008
Aprobado Primer Debate
Gaceta 780/08 831/08
Noviembre 19 de 2008
Publicada Ponencia Segundo Debate
Gaceta 831/08
Diciembre 03 de 2008
Aprobado Segundo Debate
Gaceta 953/08 148/09
Junio 20 de 2009
Publicada Ponencia Tercer Debate
Gaceta 464/09
Junio 09 de 2010
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