La presente ley se refiere a los servicios que presta la Gerencia General del Congreso de la República, los cuales se organizarán y prestarán en función de las necesidades generadas en las Areas Legislativa y Administrativa y estarán referidos con exclusividad al orden administrativo. En consecuencia, se establecerá el régimen de dicha gerencia, su organización y funciones, la nomenclatura y denominación de los empleos y la planta de personal que la integra.