Este proyecto de ley tiene como objeto ampliar la cobertura de los sujetos beneficiados con una solución de vivienda con cargo al Fondo de Solidaridad, para lo cual se propone que en el evento en que un afiliado fallezca, por cualquier causa, la Caja otorgará una única solución de vivienda a los beneficiarios del afiliado fallecido, que queden disfrutando o no de asignación de retiro, pensión de sobrevivencia o sustitución, de acuerdo con la ley. Igual tratamiento recibirían los afiliados que como consecuencia directa de actos del servicio o fuera de él, por acción directa del enemigo, en misión del servicio, o por una grave y comprobada enfermedad catastrófica o terminal sean retirados con o sin derecho al disfrute de pensión de invalidez, permitiendo con ello que el número de beneficiarios del fondo de solidaridad tengan la posibilidad de adquirir vivienda propia a través de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía.