El objeto de la presente ley es ampliar la cobertura del Plan Obligatorio de Salud, POS, incluyendo en su plan de cobertura la entrega de prótesis oculares a los usuarios que como causa de una malformación congénita, accidente, lesión, trauma y/o enfermedad, requieran de dicho elemento para su tratamiento médico, con el fin de mejorar la calidad de vida y contribuir a su funcionalidad, necesidades y requerimientos.