Para armonizar lo novedoso y prodigioso de la Constitución Nacional de 1991, era necesario en el tema carcelario, actualizar y modernizar la dispersa legislación carcelaria en un solo código, aprovechando que este, a la medida de las nuevas corrientes de la política criminal y acorde a las disposiciones previstas en los tratados internacionales, fuera una manifestación ante la criminalidad y organizaciones delincuenciales del momento y para el cumplimiento del Estado en su función del cumplimiento de la pena.